¿EXISTE GESTIÓN PREVENTIVA EN SEGURIDAD Y SALUD EN LOS MERCADOS Y CENTROS COMERCIALES DEL PERÚ?
Con el deseo de facilitar la formalización y reducir el comercio informal o ambulatorio, se han venido constituyendo nuevos mercados sumados a los ya existentes, como también en la creación de numerosos centros comerciales quienes luego de pasar por un proceso municipal para obtener su licencia de funcionamiento, completan todos los requisitos donde está incluido la observancia de las condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad, donde participa Defensa Civil para dar la certificación correspondiente y periódicamente cuando las autoridades lo creen necesario hacen una nueva inspección para saber si las condiciones de seguridad están en buenas condiciones para atender al público usuario pero a su vez nos estamos encontrando que el concepto de formalización no es entendida en su plenitud como un instrumento de crecimiento empresarial en condiciones de competencia, seguridad, competitividad y calidad y se prefiere ser medio formal simplemente para que se les deje producir o comercializar recurriendo a evasiones quiza no solo tributarias sino principalmente exponiendo su propio capital de inversión por no dotarse de todas las medidas de prevención suficientes contra potenciales incendios o accidentes de trabajo que incluso pueden ocasionar también la pérdida de vidas humanas, esta grave omisión y práctica informal es apoyada con artificios jurídicos para que sigan funcionando, pero cuando ocurre un trágico incendio se da lo cantado y contado perdiendo todos sus bienes, ya hemos podido informarnos a través de los medios de comunicación sobre la interrupción y cierre temporal de algunos mercados principalmente por estas omisiones o faltas generadas por su propia administración, incluso seguimos observando los pavorosos incendios que los ha conducido a la pérdida de su capital de trabajo y que pone incluso el riesgo de muchas vidas, sin embargo hasta la fecha no ha sido elaborada una normativa de orientación o educación preventiva similar a la Ley Nº 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, tema que se hace necesario considerar toda vez que los empresarios Mype integrantes de estas entidades de comercio por lo general no han tenido la oportunidad de capacitarse para tener una estructura orgánica en su administración que contemple no solo un área de servicios generales y mantenimiento la misma que debería ser considerada como una inversión preventiva para cada uno de sus asociados, y esto se debe a que muchas veces los dueños de los stand que integran un mercado o centros comerciales se ven más como rivales, sin pensar que las grandes cadenas comerciales funcionan como lo que son grandes empresas estratégicas y a diferencia de lo que está regulado en la Ley Nº 29783, donde existe la obligación de formar COMISIONES DE SEGURIDAD Y SALUD PREVENTIVA en sus diversas áreas de trabajo, sería bueno que los mercados y centros comerciales opten también por tener dentro de su organigrama la conformación de Comisiones similares a la expuesta, de manera que se comparta la responsabilidad administrativa entre sus asociados para tener óptimos resultados de seguridad preventiva y merchandasing donde puedan cautivar a los usuarios y emprender nuevas estrategias que les dé perdurabilidad y éxitos en sus negocios en tanto no se regule una norma que trate estos casos o se aplique políticas de capacitación al respecto.
Atentamente
Romulo G. Tineira Agurto
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