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domingo 12 de junio de 2011

IMPORTANCIA DE LA FIRMA DIGITAL EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO

            Desde finales de la década de los 90 la OMC (Organización Mundial del Comercio), ya desarrollaba algunas investigaciones y pronunciamientos sobre lo que se entendía por Comercio Electrónico, así ellos consideraban desde ya 6 instrumentos principales de comercio electrónico:
teléfono, fax, televisión, sistemas electrónicos de pago y transferencias monetarias, el intercambio electrónico de datos y el internet. Esto implica una definición amplia y fundamentada de la expresión "comercio electrónico" , muchas veces se hace referencia a lo que se realiza por internet o por redes especiales, por lo tanto infieren que el internet no es la invención del comercio electrónico, pero esta red abre un gran número de nuevas posibilidades y con ella todas las partes de una transacción comercial pueden llevarse a cabo de manera interactiva con una o más personas y a costos reducidos, todo esto hace que el internet sea mucho más flexible que los demás instrumentos de comercio electrónico, pero coinciden que falta regular la seguridad jurídica entre otros.
Esto dá lugar a que en el caso particular del Perú, se dictase una Ley Nº 27269 conocida como Ley de Firmas y Certificados Digitales un 08/05/2000 y una modificatoria con la Ley Nº 27310 del 10/07/2000, luego por cuestiones propias de la situación política del Perú y la visión política que los gobiernos de turno tienen de este, recién en el 2008 se hizo la reglamentación de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, con el D.S. Nº 052-2008-PCM, el 18/07/2008.
Lo cierto es que en momentos que se requiere dinamizar el comercio electrónico brindando una simplificación administrativa que termine en una ventanilla única para los servicios de expòrtación, han hecho una reglamentación de 43 páginas con procedimientos para llegar a las entidades certificadoras, entidades de registro o verificación y prestadoras de servicios de valor añadido, lo que el empresario requiere es la seguridad jurídica para formalizar un procedimiento contractual digitalizado que conlleve al crecimiento del comercio electrónico.
En Costa Rica entienden que la celeridad del comercio electrónico se les ha presentado problemas de indole técnico y legal, pero que la firma digital es una solución para fortalecer sus negocios tanto privados como públicos y para ello estan en un proceso de adaptación.
Por el caso de Colombia, su Ministerio TIC convoco a los notarios para enrolarlos en esta preocupación en la que podrían dar certificaciones a las firmas digitales, tema aún en discusión.
En nuestro país solo nos queda esperar cuales serán las iniciativas del gobierno de turno para fortalecer el desarrollo del comercio electrónico.
Atentamente
Romulo Tineira

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