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viernes, 11 de febrero de 2011

11 DE FEBRERO DEL 2011 SE PUBLICO REGLAMENTO DE PARQUES INDUSTRIALES


                   NOTA DE PRENSA

Parques Industriales impulsarán actividades productivas en regiones del país
Emporios industriales serán potencializados con beneficios de nuevo reglamento 
Lima, 11 de febrero de 2011.- Con la publicación del Reglamento de la Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales realizada en el diario oficial El Peruano, queda expedito el camino para la constitución de emporios industriales a nivel nacional, que favorecerá el desarrollo sostenible del sector productivo, en especial de la micro, pequeña y mediana empresa, informó el Ministerio de la Producción.
El reglamento de la ley para la creación de parques industriales permitirá impulsar las actividades productivas que se desarrollen en las regiones. En ese sentido, las autoridades regionales o locales tendrán un importante rol en el proceso de identificar la actividad industrial manufacturera que se desarrolle en su jurisdicción.
Los parques industriales son zonas reservadas que estarán dotadas de infraestructura, equipamiento, servicios comunes y servicios públicos necesarios, con subdivisiones para la instalación de establecimientos industriales.
Para su creación, la autoridad regional o local deberá elaborar un proyecto, incluso con participación de inversionistas privados a través de una alianza estratégica, que contará con un estudio de viabilidad que será aprobado por la Gerencia de Desarrollo Económico de la  región o localidad respectiva.
Los gobiernos regionales determinarán mediante ordenanza la ubicación de los parques industriales que incluirá una zona de amortiguamiento, la certificación ambiental respectiva expedida por la autoridad competente, además de los permisos sectoriales, serán necesarios antes de proceder a su construcción.
En la norma publicada también se señalan las obligaciones que deben cumplir las empresas que se instalen en los parques industriales, entre éstas tenemos que deberán contratar preferentemente mano de obra proveniente de las localidades aledañas, no cambiar de actividad productiva para la que fue adjudicado el lote o establecimiento industrial, salvo motivo debidamente justificado, cumplir con obligaciones tributarias, no destinar el lote para fines de casa habitación, entre otras.
Ministerio de la Producción.

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